Guía de importación de vinos
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6 sencillos pasos para importar
Hay cuatro agencias implicadas en la importación de vino a EE.UU:
- Aduanas y Protección de Fronteras (CBP)
- Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA)
- Oficina de Impuestos y Comercio de Alcohol y Tabaco (TTB)
- Legislación estatal y local
¿De qué se ocupa cada agencia?
- El CBP se encarga de los impuestos especiales y los derechos de importación de sus envíos una vez que llegan al puerto.
- La FDA exige que se presente una Notificación Previa de Alimentos Importados antes de importar cualquier bebida alcohólica a EE.UU.
- El TTB expide el permiso de importador y se ocupa de todos los demás requisitos para la importación de bebidas alcohólicas embotelladas en EE.UU.
- También debe cumplir los requisitos de importación de bebidas alcohólicas de su estado (California, por ejemplo, departamento de Control de Bebidas Alcohólicas).
Primer paso
Permiso de importador
Las personas que deseen dedicarse a la importación en Estados Unidos de bebidas espirituosas destiladas, vino o bebidas de malta, tal como se definen en la Ley Federal de Administración del Alcohol (Ley FAA), deben solicitar un Permiso Federal Básico de Importador ("Permiso de Importador").
Para obtener un permiso de importador, el importador debe mantener y dotar de personal una oficina comercial en Estados Unidos. Si no puede realizar actividades comerciales en Estados Unidos, debe contratar a un importador autorizado existente en Estados Unidos. Llegar a un acuerdo comercial con un importador autorizado existente elimina la necesidad de obtener un permiso de importador.
Paso 3
Requisitos del certificado de aprobación de la etiqueta
Después de recibir el Permiso de Importador, el importador debe obtener un Certificado de Aprobación de Etiqueta (COLA) emitido por el TTB para cada producto/etiqueta único para bebidas espirituosas destiladas, vino o bebidas de malta, tal como se definen en la Ley FAA.
Para obtener una COLA, el importador debe presentar una "Solicitud y Certificación/Exención de Aprobación de Etiqueta/Botella" ante la División de Etiquetado y Formulación del Alcohol (ALFD) del TTB.
Paso 5
Archivos de la FDA
La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA) exige que un Notificación previa de alimentos importados antes de importar cualquier producto alimenticio -incluidas las bebidas alcohólicas- a Estados Unidos. La Notificación Previa de la FDA es necesaria independientemente de la cantidad de productos que se importen. Además, se requiere una Notificación Previa de la FDA distinta para cada código de producto distinto (como un UPC) y para cada tamaño de producto y proveedor diferentes.
Los proveedores extranjeros también deben registrarse en la FDA. La presentación de la Notificación Previa de la FDA para cada nuevo producto puede facilitarse cuando el fabricante y expedidor no estadounidense designa a un Agente estadounidense. Una vez registrado el fabricante o proveedor, un Agente estadounidense autorizado puede tramitar las Notificaciones Previas de la FDA para sus productos.
Paso 2
Derechos, impuestos, registro
Los importadores son responsables de todos los impuestos especiales y aranceles federales aplicables. El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) recauda todos los impuestos especiales federales aplicables a las bebidas espirituosas destiladas, el vino y la cerveza, tal como se definen en el Código de Rentas Internas.
La CBP también recauda todos los derechos aplicables. Los importadores deben registrarse como distribuidores de alcohol y cumplimentar el formulario TTB F 5630.5(d) (PDF), "Registro de distribuidores de alcohol", antes de iniciar su actividad. Los importadores también deben presentar este formulario a TTB cuando se produzca un cambio en la información de registro y cuando interrumpan su actividad.
Requisitos del certificado de edad y origen
Se exige un certificado de edad u origen para determinados vinos y bebidas alcohólicas destiladas importados en Estados Unidos. La página web Certificate of Age and Origin Requirements for Imported Alcohol Beverages ofrece una lista completa de estos requisitos.
Paso 6
Requisitos estatales y locales
El importador también debe cumplir los requisitos de las jurisdicciones estatales y locales en las que el importador se dedique a la importación de bebidas alcohólicas. Las jurisdicciones estatales y locales pueden tener sus propios requisitos de importación, además de los requisitos federales. Para más información, los importadores deben ponerse en contacto con la junta de control de alcohol de su Estado y/o con las autoridades locales.
Si se encuentra en California, sería el Departamento de Control de bebidas alcohólicas.
Primer paso
Permiso de importador
Las personas que deseen dedicarse a la importación en Estados Unidos de bebidas espirituosas destiladas, vino o bebidas de malta, tal como se definen en la Ley Federal de Administración del Alcohol (Ley FAA), deben solicitar un Permiso Federal Básico de Importador ("Permiso de Importador").
Para obtener un permiso de importador, el importador debe mantener y dotar de personal una oficina comercial en Estados Unidos. Si no puede realizar actividades comerciales en Estados Unidos, debe contratar a un importador autorizado existente en Estados Unidos. Llegar a un acuerdo comercial con un importador autorizado existente elimina la necesidad de obtener un permiso de importador.
Paso 2
Derechos, impuestos, registro
Los importadores son responsables de todos los impuestos especiales y aranceles federales aplicables. El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) recauda todos los impuestos especiales federales aplicables a las bebidas espirituosas destiladas, el vino y la cerveza, tal como se definen en el Código de Rentas Internas.
La CBP también recauda todos los derechos aplicables. Los importadores deben registrarse como distribuidores de alcohol y cumplimentar el formulario TTB F 5630.5(d) (PDF), "Registro de distribuidores de alcohol", antes de iniciar su actividad. Los importadores también deben presentar este formulario a TTB cuando se produzca un cambio en la información de registro y cuando interrumpan su actividad.
Paso 3
Requisitos del certificado de aprobación de la etiqueta
Después de recibir el Permiso de Importador, el importador debe obtener un Certificado de Aprobación de Etiqueta (COLA) emitido por el TTB para cada producto/etiqueta único para bebidas espirituosas destiladas, vino o bebidas de malta, tal como se definen en la Ley FAA.
Para obtener una COLA, el importador debe presentar una "Solicitud y Certificación/Exención de Aprobación de Etiqueta/Botella" ante la División de Etiquetado y Formulación del Alcohol (ALFD) del TTB.
Requisitos del certificado de edad y origen
Se exige un certificado de edad u origen para determinados vinos y bebidas alcohólicas destiladas importados en Estados Unidos. La página web Certificate of Age and Origin Requirements for Imported Alcohol Beverages ofrece una lista completa de estos requisitos.
Paso 5
Archivos de la FDA
La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA) exige que un Notificación previa de alimentos importados antes de importar cualquier producto alimenticio -incluidas las bebidas alcohólicas- a Estados Unidos. La Notificación Previa de la FDA es necesaria independientemente de la cantidad de productos que se importen. Además, se requiere una Notificación Previa de la FDA distinta para cada código de producto distinto (como un UPC) y para cada tamaño de producto y proveedor diferentes.
Los proveedores extranjeros también deben registrarse en la FDA. La presentación de la Notificación Previa de la FDA para cada nuevo producto puede facilitarse cuando el fabricante y expedidor no estadounidense designa a un Agente estadounidense. Una vez registrado el fabricante o proveedor, un Agente estadounidense autorizado puede tramitar las Notificaciones Previas de la FDA para sus productos.
Paso 6
Requisitos estatales y locales
El importador también debe cumplir los requisitos de las jurisdicciones estatales y locales en las que el importador se dedique a la importación de bebidas alcohólicas. Las jurisdicciones estatales y locales pueden tener sus propios requisitos de importación, además de los requisitos federales. Para más información, los importadores deben ponerse en contacto con la junta de control de alcohol de su Estado y/o con las autoridades locales.
Si se encuentra en California, sería el Departamento de Control de bebidas alcohólicas.
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