Guía de importación de vinos

Si es la primera vez que importa vino, ¡enhorabuena! Podemos guiarle a través de este proceso para garantizar una entrega satisfactoria a su puerta.

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6 sencillos pasos para importar

Antes de que pueda abastecer las estanterías de su tienda con vinos increíbles de todo el mundo, debe conocer los pasos que debe completar antes de comprar el vino a su proveedor y organizar el transporte con nosotros hasta EE.UU.. Esto incluye solicitar y recibir un permiso de importador de la Oficina de Impuestos y Comercio de Alcohol y Tabaco.

Hay cuatro agencias implicadas en la importación de vino a EE.UU:

¿De qué se ocupa cada agencia?

Primer paso

Permiso de importador

Las personas que deseen dedicarse a la importación en Estados Unidos de bebidas espirituosas destiladas, vino o bebidas de malta, tal como se definen en la Ley Federal de Administración del Alcohol (Ley FAA), deben solicitar un Permiso Federal Básico de Importador ("Permiso de Importador").

Para obtener un permiso de importador, el importador debe mantener y dotar de personal una oficina comercial en Estados Unidos. Si no puede realizar actividades comerciales en Estados Unidos, debe contratar a un importador autorizado existente en Estados Unidos. Llegar a un acuerdo comercial con un importador autorizado existente elimina la necesidad de obtener un permiso de importador.

Paso 3

Requisitos del certificado de aprobación de la etiqueta

Después de recibir el Permiso de Importador, el importador debe obtener un Certificado de Aprobación de Etiqueta (COLA) emitido por el TTB para cada producto/etiqueta único para bebidas espirituosas destiladas, vino o bebidas de malta, tal como se definen en la Ley FAA.

 

Para obtener una COLA, el importador debe presentar una "Solicitud y Certificación/Exención de Aprobación de Etiqueta/Botella" ante la División de Etiquetado y Formulación del Alcohol (ALFD) del TTB.

Paso 5

Archivos de la FDA

La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA) exige que un Notificación previa de alimentos importados antes de importar cualquier producto alimenticio -incluidas las bebidas alcohólicas- a Estados Unidos. La Notificación Previa de la FDA es necesaria independientemente de la cantidad de productos que se importen. Además, se requiere una Notificación Previa de la FDA distinta para cada código de producto distinto (como un UPC) y para cada tamaño de producto y proveedor diferentes.

Los proveedores extranjeros también deben registrarse en la FDA. La presentación de la Notificación Previa de la FDA para cada nuevo producto puede facilitarse cuando el fabricante y expedidor no estadounidense designa a un Agente estadounidense. Una vez registrado el fabricante o proveedor, un Agente estadounidense autorizado puede tramitar las Notificaciones Previas de la FDA para sus productos.

Paso 2

Derechos, impuestos, registro

Los importadores son responsables de todos los impuestos especiales y aranceles federales aplicables. El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) recauda todos los impuestos especiales federales aplicables a las bebidas espirituosas destiladas, el vino y la cerveza, tal como se definen en el Código de Rentas Internas.

 

La CBP también recauda todos los derechos aplicables. Los importadores deben registrarse como distribuidores de alcohol y cumplimentar el formulario TTB F 5630.5(d) (PDF), "Registro de distribuidores de alcohol", antes de iniciar su actividad. Los importadores también deben presentar este formulario a TTB cuando se produzca un cambio en la información de registro y cuando interrumpan su actividad.

Paso 4

Requisitos del certificado de edad y origen

Se exige un certificado de edad u origen para determinados vinos y bebidas alcohólicas destiladas importados en Estados Unidos. La página web Certificate of Age and Origin Requirements for Imported Alcohol Beverages ofrece una lista completa de estos requisitos.

Paso 6

Requisitos estatales y locales

El importador también debe cumplir los requisitos de las jurisdicciones estatales y locales en las que el importador se dedique a la importación de bebidas alcohólicas. Las jurisdicciones estatales y locales pueden tener sus propios requisitos de importación, además de los requisitos federales. Para más información, los importadores deben ponerse en contacto con la junta de control de alcohol de su Estado y/o con las autoridades locales.

 

Si se encuentra en California, sería el Departamento de Control de bebidas alcohólicas.

Primer paso

Permiso de importador

Las personas que deseen dedicarse a la importación en Estados Unidos de bebidas espirituosas destiladas, vino o bebidas de malta, tal como se definen en la Ley Federal de Administración del Alcohol (Ley FAA), deben solicitar un Permiso Federal Básico de Importador ("Permiso de Importador").

 

Para obtener un permiso de importador, el importador debe mantener y dotar de personal una oficina comercial en Estados Unidos. Si no puede realizar actividades comerciales en Estados Unidos, debe contratar a un importador autorizado existente en Estados Unidos. Llegar a un acuerdo comercial con un importador autorizado existente elimina la necesidad de obtener un permiso de importador.

Paso 2

Derechos, impuestos, registro

Los importadores son responsables de todos los impuestos especiales y aranceles federales aplicables. El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) recauda todos los impuestos especiales federales aplicables a las bebidas espirituosas destiladas, el vino y la cerveza, tal como se definen en el Código de Rentas Internas.

 

La CBP también recauda todos los derechos aplicables. Los importadores deben registrarse como distribuidores de alcohol y cumplimentar el formulario TTB F 5630.5(d) (PDF), "Registro de distribuidores de alcohol", antes de iniciar su actividad. Los importadores también deben presentar este formulario a TTB cuando se produzca un cambio en la información de registro y cuando interrumpan su actividad.

Paso 3

Requisitos del certificado de aprobación de la etiqueta

Después de recibir el Permiso de Importador, el importador debe obtener un Certificado de Aprobación de Etiqueta (COLA) emitido por el TTB para cada producto/etiqueta único para bebidas espirituosas destiladas, vino o bebidas de malta, tal como se definen en la Ley FAA.

 

Para obtener una COLA, el importador debe presentar una "Solicitud y Certificación/Exención de Aprobación de Etiqueta/Botella" ante la División de Etiquetado y Formulación del Alcohol (ALFD) del TTB.

Paso 4

Requisitos del certificado de edad y origen

Se exige un certificado de edad u origen para determinados vinos y bebidas alcohólicas destiladas importados en Estados Unidos. La página web Certificate of Age and Origin Requirements for Imported Alcohol Beverages ofrece una lista completa de estos requisitos.

Paso 5

Archivos de la FDA

La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA) exige que un Notificación previa de alimentos importados antes de importar cualquier producto alimenticio -incluidas las bebidas alcohólicas- a Estados Unidos. La Notificación Previa de la FDA es necesaria independientemente de la cantidad de productos que se importen. Además, se requiere una Notificación Previa de la FDA distinta para cada código de producto distinto (como un UPC) y para cada tamaño de producto y proveedor diferentes.

Los proveedores extranjeros también deben registrarse en la FDA. La presentación de la Notificación Previa de la FDA para cada nuevo producto puede facilitarse cuando el fabricante y expedidor no estadounidense designa a un Agente estadounidense. Una vez registrado el fabricante o proveedor, un Agente estadounidense autorizado puede tramitar las Notificaciones Previas de la FDA para sus productos.

Paso 6

Requisitos estatales y locales

El importador también debe cumplir los requisitos de las jurisdicciones estatales y locales en las que el importador se dedique a la importación de bebidas alcohólicas. Las jurisdicciones estatales y locales pueden tener sus propios requisitos de importación, además de los requisitos federales. Para más información, los importadores deben ponerse en contacto con la junta de control de alcohol de su Estado y/o con las autoridades locales.

 

Si se encuentra en California, sería el Departamento de Control de bebidas alcohólicas.

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